ACLARACIONES ANTE LA POSIBLE PARTIDA DE SC ENERGY (EX ARAUCARIA)

NOVEDADES 16 de mayo de 2023 Por OAA
OAA repudia los rumores vertidos por un operador político que tergiversa el desarrollo de la causa, solicitamos a los medios que chequeen la información sobre el expediente judicial y las leyes. La Justicia Ambiental no se alcanza con operaciones políticas, sino con luchas coherentes.
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Nos resultó  llamativo que el martes 16 de mayo dos noticieros de Pilar y un portal de noticias internacional publicaron entrevistas con Raúl Regis, operador político, vecino de Villa Rosa e integrante de la Asociación Civil 1810, en las que afirmó que un “exministro de Energía” les habría confirmado de modo extraoficial que la empresa SC Energy (ex Araucaria) estaría buscando un sitio para relocalizar la Planta Termoeléctrica. También aseveró que Álvaro Noguera, quien sería integrante de la Empresa mencionada, les habría confirmado que la firma “no continuaría funcionando en Villa Rosa luego del 30 del junio”.  Y agregó haber realizado “mediciones” en conjunto con la empresa, de las cuales “algunas dieron bien pero la mayoría dieron mal”, sin dar mayores detalles del hecho, celebrando una supuesta victoria y emplazando al actual gobierno de Federico de Achával como gestor de la partida de la empresa.


 Rául Regis no tuvo ningún rol en el expediente judicial.

Como ya hemos informado, en el contexto de la causa FSM 116712/2017/5/CA9, en enero pasado el Juez Federal de Campana Adrián González Charvay levantó la medida cautelar vigente, y habilitó el funcionamiento de la Central termoeléctrica Matheu III (SC Energy, ExAraucaria), con la mitad de sus turbinas, y sólo durante el periodo diurno, hasta el 30 de junio de 2023. 
La medida cautelar, que estaba vigente desde diciembre de 2017, ordenaba “la suspensión de la construcción de la central termoeléctrica, de su operación y/o ensayos de prueba, y/o acopio de combustible, y/o el indebido uso de las aguas subterráneas y/o aguas de red, desvío de desagües naturales, emisiones sonoras, efluentes gaseosos, vertidos de efluentes líquidos, movimientos y compactación de tierra, construcción de calle consolidadas, manejo y/o acopio de combustibles y la prohibición del uso del recurso hídrico subterráneo y/o de red pública y la suspensión de vertidos de efluentes líquidos; todo ello hasta tanto se dicte sentencia definitiva en las presentes actuaciones”. 


Apenas un mes antes, en la misma causa se había logrado una medida similar para la termoeléctrica “Matheu II” de la empresa APR. Ambas medidas cautelares habían sido solicitadas por la Asociación Civil Juvevir y por los ciudadanos Erica Hahn, Gustavo Madeira, Facundo Despo y Verónica García -todos ellos miembros de nuestra Organización- con el patrocinio legal del Dr. Fabián Maggi. Lograr estas medidas cautelares fue el primer hito de un largo y esforzado camino que perseverantemente seguimos con nuestros abogados patrocinantes en la Justicia, y que tuvo su segundo gran triunfo al lograr el retiro definitivo de la Central Matheu II (APR) en julio de 2022. No obstante, esta empresa pretendió simplemente retirarse sin efectuar la remediación del sitio afectado, violando la ley 14343 sobre pasivos ambientales. Por esta razón, es que seguimos reclamando su cumplimiento en la sede judicial.


El levantamiento temporal y parcial de la cautelar sobre la empresa Araucaria-SC, en un fallo que apelamos por sus múltiples inconsistencias y arbitrariedades, no empañó los logros obtenidos, dado que se trata de una medida temporal que volveremos a atacar llegado el momento de su vencimiento, para lograr su cierre definitivo y su retiro previa remediación del pasivo ambiental, tal lo marca la ley.
En este contexto, las declaraciones del operador político Regis  difundidas en las ediciones del martes 16 de mayo del noticiero de  Canal Pilar, Telviso e Infobae  afirman que él y su organización abordaron el conflicto por fuera del expediente judicial, sin aportar ninguna información a la Justicia, y lo que es más grave, interactuando directamente con la empresa en la realización de supuestas mediciones con el objeto de alcanzar determinados acuerdos por fuera del proceso judicial en curso. Ello es doblemente grave habida cuenta que el mismo entrevistado y su organización se atribuyen una supuesta participación en los logros judiciales antes mencionados, participación que nunca se verificó en la práctica. 


Este  accionar irregular e informal en nada contribuye a lograr un desenlace adecuado en el proceso judicial que con tanto esfuerzo venimos sosteniendo, y que tiene por finalidad el cese del daño ambiental y la recomposición del pasivo generado. Al igual que en el caso de APR, es de esperar que la empresa SC-Araucaria pretenda retirarse “por decisión propia” sin hacerse cargo del pasivo ambiental y el costo de remediarlo. Estas supuestas negociaciones y actividades realizadas en base a “informantes privilegiados” y fuera del escrutinio público y del proceso judicial, en nada contribuyen ni contribuirán a lograr el objetivo de justicia ambiental largamente perseguido por toda una comunidad.

Más información: https://ambientalistas.org.ar/contenido/112/termoelectricas-de-matheu

OAA

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