Sigma Agro: A más de cuatro años del desastre, la Justicia dice no hay ningún caso que tratar

24 de abril de 2024 Por OAA
Luego del archivo de la causa penal, la Justicia Civil completa el círculo de la impunidad al rechazar la demanda ambiental y declarar abstracta la causa civil en la que se solicita la recomposición del daño ambiental producido por la empresa Sigma Agro en 2019.
Sigma Agro 3
Sigma Agro 3

El pasado 27 de marzo la Jueza Cintia Soto, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial Nro. 10 de Mercedes, dictó sentencia definitiva en la causa civil rechazando la demanda iniciada por nuestra Organización y otros actores contra la empresa Sigma Agro. Esta nueva resolución se produce apenas un mes después del insólito e indignante archivo de la causa penal por parte del Fiscal Luis Carcagno

La causa civil fue iniciada en noviembre de 2019, a pocos días de producida la explosión seguida de incendio en la planta de formulación de agrotóxicos de la empresa en el paraje La Verde en Mercedes, y en un contexto signado  por la  deficiente actuación por parte de los organismos de control estatal que debían intervenir. El siniestro produjo la muerte del trabajador Rubén Ponce, y el derrame de más de 1 millón de kilos/litros de sustancias altamente tóxicas.

En la demanda, solicitamos que la empresa ejecute un Plan de Remediación que cumpla con los requisitos de la ley 14.343 y res. 95/14 del OPDS. En la tramitación de la causa quedó totalmente acreditada no sólo la enorme magnitud del derrame que afecta a suelos, cultivos, aguas superficiales y subterráneas, sino también que la empresa operaba en la total ilegalidad, sin contar con las habilitaciones ambientales legalmente exigibles. Además, se comprobó que tanto los entes del estado municipal como provincial conocían la situación de ilegalidad en la cual funcionaba la empresa, no obstante lo cual omitieron actuar preventivamente. Finalmente, quedó acreditado que la empresa jamás ejecutó la caracterización del daño ambiental ni la remediación ordenadas por el Ministerio de Ambiente provincial.

A pesar de la contundencia de los hechos mencionados, en su cuestionada sentencia la Jueza Soto resolvió “desestimar la demanda entablada y declarar abstracto el reclamo.” De modo francamente insólito, la magistrada consideró que el perjuicio generado por la empresa es  “meramente hipotético o conjetural…”, en contra de las apabullantes evidencias que demuestran la masividad y la gravedad de la contaminación producida. Al cerrar la causa sin haberse cumplido con la remediación, la Jueza incurre en una grave arbitrariedad en beneficio de la empresa y la impunidad de su accionar. Finalmente, a pesar de la más que cuestionable actuación de los organismos estatales, que sugiere la posible existencia de intereses espurios para beneficiar a la empresa, la Jueza se desentiende de la necesidad de tutela efectiva por parte del Poder Judicial sobre el proceso de remediación, dejando a la población en un estado de absoluta desprotección.

En resumen, a más de cuatro años de producido el desastre ambiental y de iniciada la causa, la conclusión de la funcionaria judicial es que en realidad no había ningún caso que tratar.  Sin duda, se trata de una decisión que no contribuirá en nada a recomponer la confianza de la sociedad en el Poder Judicial, y que esperamos se revierta en la Cámara de Apelaciones Departamental.

OAA