Directivos de Aguas Santafesinas se negaron a declarar en una causa por contaminación

COMUNIDADES 12 de julio de 2023 Por OAA
El amparo ambiental tramita hace cinco años en la Justicia federal y avanza a paso lento. En el fuero penal, ninguno de los seis imputados respondió preguntas. Y en el civil, una pericia que acaba de pedir la jueza generó rispideces con la ONG Cuenca Río Paraná que pide celeridad
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Riego ambiental: avanza la causa por contaminación del río Paraná. Foto: Franco Trovato Fuoco.

Hace cinco años, los directivos de Aguas Santafesinas SA fueron denunciados por contaminación ambiental. Les adjudican el vuelco de efluentes cloacales e industriales en crudo al río Paraná en cantidades alarmantes: se calculan unos 350 millones de litros diarios. La causa avanzó a paso lento. En el fuero penal, el juez federal Carlos Vera Barros declinó su competencia dos veces hasta que, a mediados de este año, la Cámara de Apelaciones ordenó que tome el caso. Recién entonces citó a indagatoria a los seis ejecutivos imputados por infracción a la ley de residuos peligrosos. Ninguno habló. Un certificado médico excusó a uno de los directores mientras que los otros cinco se negaron a declarar sin mayores explicaciones.

Mientras tanto, el amparo ambiental que tramita en el fuero civil de forma paralela no promete mayor celeridad. El mes pasado, la jueza federal Sylvia Aramberri solicitó una pericia para que se tomen muestreos periódicos durante 12 meses y se analicen estadísticamente, medida a la que se opuso la parte actora, la ONG Cuenca Río Paraná, tras advertir que la prueba “ya fue producida en sede penal” por lo que implicaría una pérdida de tiempo y de recursos económicos.

En el escrito, la Asociación Civil detalla que la Unidad de Delitos Ambientales de la Policía Federal Argentina (PFA) “ya detectó de forma categórica e indubitable que todo el sector peritado se encuentra contaminado con un claro escenario de riesgo ambiental”.

Los abogados de Cuenca Río Paraná argumentaron que “reiterar prueba que ya fue producida y de la que no existe un solo cuestionamiento sobre su validez y contundencia” es “hacer caso omiso de un dictamen lapidario”. Al respecto describieron cada uno de los residuos peligrosos detectados por la PFA en la zona de vuelco de Aguas Santafesinas SA y los informes que aseguran que “contienen metales pesados y contaminantes emergentes”. Además aclararon que muchos son bioacumulables por lo que no se neutralizan de forma natural.

En el escrito insisten en que “exigir que se reitere la prueba ya aportada violenta el principio de prevención y vulnera el de precaución”; y además implica un “desgaste jurisdiccional y económico por demás de innecesario”.

Para la ONG, la Justicia tiene la obligación de tutelar el ambiente y para ello debe actuar rápido. “La falta de tratamiento de los vertidos al río Paraná es inobjetable por el simple hecho de que no existe una planta de tratamiento en Rosario, pese a que la vienen proyectando hace décadas”, dijeron a El Ciudadano antes de concluir: “Hablamos de aguas contaminadas que son agresivas para el ambiente y para la salud pública, por eso la acción de amparo y preventiva de daño ambiental es de carácter urgente”.

En respuesta, la jueza federal Sylvia Aramberri rechazó el planteo de la ONG por “improcedente y extemporáneo”, tildó de “inadecuados” los términos utilizados por los abogados y les advirtió que “en lo sucesivo deberán ajustar su accionar a las normas éticas que rigen la profesión”.

Principalmente, la magistrada cuestionó que hayan puesto “en tela de juicio” su imparcialidad y fijó fecha de audiencia para el próximo 28 de agosto. Aclaró que a la misma deberán comparecer las partes personalmente y que de no arribarse a un acuerdo conciliatorio procederá a tomar la absolución de posiciones de las partes.

Responsabilidad penal
A fines de 2022, el fiscal federal Claudio Kishimoto pidió la indagatoria de los seis directivos de Aguas Santafesinas SA tras conocer los resultados de las principales pericias. Expuso ante el juez que existe “motivo bastante” para presumir que la empresa de provisión de agua potable y desagües cloacales haya “contaminado de un modo peligroso para la salud, el suelo y el agua, volcando efluentes cloacales e industriales sin previo tratamiento”.

En respuesta, la jueza federal Sylvia Aramberri rechazó el planteo de la ONG por “improcedente y extemporáneo”, tildó de “inadecuados” los términos utilizados por los abogados y les advirtió que “en lo sucesivo deberán ajustar su accionar a las normas éticas que rigen la profesión”.

Principalmente, la magistrada cuestionó que hayan puesto “en tela de juicio” su imparcialidad y fijó fecha de audiencia para el próximo 28 de agosto. Aclaró que a la misma deberán comparecer las partes personalmente y que de no arribarse a un acuerdo conciliatorio procederá a tomar la absolución de posiciones de las partes.

Responsabilidad penal
A fines de 2022, el fiscal federal Claudio Kishimoto pidió la indagatoria de los seis directivos de Aguas Santafesinas SA tras conocer los resultados de las principales pericias. Expuso ante el juez que existe “motivo bastante” para presumir que la empresa de provisión de agua potable y desagües cloacales haya “contaminado de un modo peligroso para la salud, el suelo y el agua, volcando efluentes cloacales e industriales sin previo tratamiento”.

fuente: El ciudadano web

OAA

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