EL INTENDENTE DE ESCOBAR INTENTA APROBAR AL EMPRENDIMIENTO NAUDIR DELTA DE MODO FRAUDULENTO E ILEGAL

NOVEDADES 14 de diciembre de 2022 Por OAA
Como ya resulta un modus operandi habitual en la actual gestión municipal, el Ejecutivo pretende aprovechar el relajamiento de final de año y el cierre del año judicial, en esta oportunidad sumado a la distracción que genera en el público el Mundial de Fútbol, para habilitar de modo ilegal y fraudulento el emprendimiento Naudir Delta de la empresa E2 SA, del empresario Adrián Saraco.
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Ya es de público conocimiento que las obras de Naudir Delta son ilegales por no contar con Declaración de Impacto Ambiental (DIA) entre otros permisos que deberían haberse obtenido antes de iniciar las obras  que ya destruyeron más de 85 hectáreas de humedales. Más aún, en el desarrollo de la causa judicial ORGANIZACION DE AMBIENTALISTAS AUTOCONVOCADOS C/ FIDEICOMISO EL NAUDIR DELTA S/ MEDIDAS CAUTELARES (TRABA/LEVANTAMIENTO – 50842), demostramos que tanto la empresa como el municipio de Escobar intentaron hacer pasar por auténtico un documento público adulterado con el objeto de aparentar la existencia de una habilitación ambiental inexistente, tal como acreditó el propio Ministerio de Ambiente de la Provincia. Por esta razón, desde marzo de 2022 las obras se encuentran paralizadas por una medida cautelar ratificada en la Cámara de Apelaciones, que sólo podría levantarse si la empresa demostrara que, a la fecha de iniciar las obras, contaba con una Declaración de Impacto ambiental emitida de acuerdo a la legislación vigente.
En este contexto el Intendente de Escobar ha salido nuevamente en auxilio de los mercaderes de suelos, como lo hizo cuando encubrió a la empresa E2 ocultando la información pública sobre Naudir Delta durante más de tres años, permitiéndole avanzar impunemente con las obras a pesar de conocer su ilegalidad. Ahora el Intendente ha firmado el decreto 3049/2022 por el cual convoca a “participación ciudadana” para la Evaluación de Impacto Ambiental de Naudir Delta, con el objeto de “informar a la comunidad sobre el proyecto en cuestión y atender las observaciones que los participantes consideren necesario formular”.
La Evaluación de impacto Ambiental es un instrumento de carácter preventivo, que tiene por objeto predecir y prevenir los posibles impactos y daños ambientales de un proyecto. Por esta esta razón, la ley establece que debe realizarse necesariamente en forma previa al inicio de las obras. Una vez iniciadas, resulta imposible y absurdo “predecir” ni “prevenir” un impacto o daño ya producido. Lo que corresponde hacer, por el contrario, es establecer y dimensionar dicho daño para dar lugar a la obligación de recomposición ambiental normada en el art. 41 de la Constitución Nacional y el marco normativo de orden público ambiental. Ni más ni menos que eso es lo que estamos solicitando en el proceso judicial, al cual debería sujetarse el Municipìo en lugar de  defraudar la confianza pública encubriendo y beneficiando a un empresario amigo.
Estábamos preparades para esta previsible maniobra, que reproduce exactamente la realizada en 2007 en ocasión del proceso de aprobación del Barrio el Cazal (no casualmente, de la misma empresa E2). En aquella ocasión, dicho emprendimiento también había comenzado a ejecutarse sin la DIA correspondiente, por lo cual, al igual que ahora Naudir Delta, se hallaba paralizado por una medida cautelar (causa ASOCIACIÓN CIVIL EN DEFENSA DE LA CALIDAD DE VIDA C/ EIR SA S/ AMPARO (108579). Al igual que lo que intenta hacer ahora, el Municipio le otorgó entonces una habilitación exprés y fraudulenta, que le permitió a la empresa obtener de parte de un juez complaciente, el levantamiento de la medida cautelar por considerar que la causa había devenido abstracta. Por supuesto esta decisión judicial escandalosa fue revocada luego por la Suprema Corte Provincial, y la habilitación ambiental fraudulenta otorgada por el municipio fue declarada nula. Pero para entonces ya las obras habían terminado de ejecutarse y las 65 hectáreas de humedales habían sido destruidas para siempre. Así el accionar inescrupuloso e ilegal de estas empresas resulta amparado y premiado por la complicidad del Estado Municipal y la lentitud judicial.
Apenas lanzada la convocatoria, hemos presentado una impugnación administrativa de este proceso ilegal y fraudulento, formulando expresa reserva de denunciar penalmente al Intendente municipal y a todos los funcionarios públicos involucrados en esta escandalosa decisión.

Si considerás que este emprendimiento ilegal y destructivo de los bienes comunes NO DEBE SER HABILITADO, podés impugnar el procedimiento de Evaluación fraudulento que pretende realizar el municipio, o bien expresar tus oposiciones al Estudio de Impacto ambiental presentado por la empresa. Ambas cosas las podés hacer accediendo AQUÍ.

En el siguiente instructivo te explicamos como presentar la impugnación o las observaciones. INSTRUCTIVO

OAA

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